Nota informativa: El nuevo impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas

 

NOTA INFORME SOBRE EL NUEVO IMPUESTO TEMPORAL DE SOLIDARIDAD DE LAS GRANDES FORTUNAS 

 

En el pleno del pasado 24 de noviembre de 2022 el Congreso de los Diputados aprobó la Proposición de Ley para el establecimiento de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito y por la que se crea el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, y se modifican determinadas normas tributarias (antes denominada Proposición de Ley para el establecimiento de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito), pasando ahora al Senado para su aprobación, con la previsión de que se publique en el BOE antes del 31/12/2022.

En dicho texto se crea el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (en adelante, IGF), que se configura como un impuesto complementario del Impuesto sobre el Patrimonio (IP), de carácter estatal, no susceptible de cesión a las Comunidades Autónomas (CCAA) para gravar con una cuota adicional el patrimonio neto de las personas físicas superior a 3.000.000€. Además, se indica que tiene una doble finalidad: i) recaudatoria, vinculada en particular con la actual coyuntura económica y ii) armonizadora, con el fin de disminuir las diferencias de gravamen en el IP de las distintas CCAA.

El IGF, pues, tendrá mayor incidencia en aquellos contribuyentes que aplican la normativa de las CCAA que, habiendo ejercido las capacidades normativas que ofrece la Ley de Cesión de Tributos, hayan reducido total o parcialmente la tributación en el IP.

En el siguiente enlace Nota Informe Impuesto Grandes Fortunas se analizan brevemente los aspectos más relevantes del IGF. Destacar que el texto que se comenta podría ser objeto de modificaciones a lo largo de la tramitación de esta Proposición de Ley.

 

Para cualquier aclaración al respecto de las novedades introducidas por dicha norma, no dudéis en contactar con nosotros en marroquin@marroquinabogados.com. Ponemos a vuestra disposición nuestro conocimiento y experiencia.

No Comments

Sorry, the comment form is closed at this time.