30 abr. Entra en vigor el RD d’igualtat retributiva entre dones i homes.
NOTA INFORMATIVA SOBRE EL REAL DECRETO 902/2020, DE 13 DE OCTUBRE, DE IGUALDAD RETRIBUTIVA ENTRE MUJERES Y HOMBRES.
El pasado 14 de abril de 2021 entró en vigor el Real Decreto 902/2020 que se refiere a la aplicación del principio de igualdad de retribución entre los trabajadores masculinos y femeninos, entendiendo que la igualdad retributiva por trabajos de igual valor constituye uno de los elementos esenciales del principio de igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres.
La obligación que tienen los poderes públicos de garantizar la efectividad del principio de igual retribución por trabajos, no solo iguales, sino de igual valor, resulta actualmente indiscutible.
Es un precepto que ha ido creciendo en importancia desde su primera formulación y que fue modificado por el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, y que vino desarrollada reglamentariamente por el Real decreto 902/2020 de 13 de octubre. Éste ha pasado a concretar diferentes aspectos como:
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- El concepto de trabajo de igual valor
- La obligación del registro retributivo
- Los sistemas de clasificación profesional contenidos en los convenios colectivos y su necesaria vinculación con el registro
- La transparencia retributiva a través de una correcta valoración de los puestos de trabajo
- El derecho de las personas trabajadoras a acceder al contenido del registro.
Así pues, el RD 902/2020, desarrolla la obligación ya existente de realizar el registro salarial, especificando más detalles y nuevos plazos.
En el siguiente enlace Nota RD 902/2020 encontraréis todos los detalles al respecto de las novedades introducidas por dicha norma. Un documento elaborado por el departamento de laboral de Bufete Marroquín.
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