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Nota Informativa: Decret Llei 34/2020 de 20 d’octubre (Catalunya)

 

NOTA INFORMATIVA SOBRE EL DECRETO-LLEI 34/2020, DE 20 D’OCTUBRE, DE MESURES URGENTS DE SUPORT A L’ACTIVIDAD ECONÒMICA DESENVOLUPADA EN LOCALS DE NEGOCI ARRENDATS

 

Con fecha 22 de octubre de 2020 ha entrado en vigor en Cataluña el Decreto Ley 34/2020, de 20 de octubre, de medidas urgentes de apoyo a la actividad económica desarrollada en locales de negocio arrendados (en adelante, el “Decreto Ley”).

Según la exposición de motivos, el Decreto Ley introduce unas medidas que tienen como finalidad evitar “el fin de muchas actividades económicas, la pérdida de muchos puestos de trabajo y, en consecuencia, la pérdida de los medios de subsistencia de un gran número de personas y familias” (sic) como consecuencia de la pérdida de ingresos causada por la suspensión o restricción de actividades por las medidas adoptadas por el Gobierno, “que les puede suponer la dificultad o imposibilidad de cumplir con sus obligaciones contractuales, en particular, el pago de la renta de los locales arrendados.”

Las medidas que se adoptan se intitulan de “Modificación de las condiciones del contrato” con la finalidad de restablecer el equilibrio de las prestaciones y tras su rápida lectura hacemos un sucinto resumen explicativo, sobre qué medidas son las que entiende el gobierno que restablecen el equilibrio de prestaciones en el contrato.

La presente Nota se estructura en los siguientes apartados:

      1. Circunstancias que deben concurrir para la  aplicación del Decreto Ley y a qué contratos afecta.
      2. Qué medidas se establecen.
      3. Solicitud y efectividad de las medidas.
      4. Emplazamiento al gobierno para regular la cláusula “Rebus Sic Stantibus” en el código Civil Catalán.
      5. Algunas dudas y preguntas y su posible respuesta.

 

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